NUEVO DECRETO N° 352/2026 QUE MODIFICA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CÓDIGOS DE DESCUENTO

15/05/2026

El Poder Ejecutivo dictó un nuevo Decreto (el N° 352/2026), publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 15 de mayo del 2026, que modifica el funcionamiento de los códigos de descuento para los empleados de la Administración Pública Nacional.

El nuevo Decreto 352/2026 reemplaza y deroga el régimen anterior de descuentos sobre sueldos de empleados públicos nacionales que existía desde 2012 (Decreto N°14/12). En términos simples, regula cómo pueden descontarse cuotas, préstamos y otros pagos directamente del salario de trabajadores del Estado nacional.

A tales efectos, desde FEDEMBA les compartimos debajo un resumen de los principales puntos y el Decreto completo. Cualquier entidad que tenga alguna consulta puede comunicarse con los asesores de FEDEMBA al mail: fedemba@yahoo.com.ar

RESUMEN DECRETO N° 352/2026:

1) SE DEROGA EL DECRETO ANTERIOR

El N°14/12, bajo el cual quedan las operaciones en curso.

2) SE CREA UN NUEVO REGISTRO NACIONAL

El nuevo Registro quedará bajo la órbita de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

-Las mutuales y entidades que ya estaban inscriptas en el régimen anterior (Decreto N°14/12) conservarán sus códigos y seguirán operando normalmente.

-Las nuevas entidades deberán presentar documentación y solicitar su incorporación (excepto las entidades bancarias y financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones).

3) LÍMITE MÁXIMO DE DESCUENTOS

-El total de descuentos sobre el sueldo del trabajador no podrá superar el 30% del salario neto (es decir, luego de los descuentos legales). No se aplica tope de tasa.

Esto deberá ser controlado por cada organismo estatal antes de aprobar el descuento.

4) LAS MUTUALES PODRÁN CEDER CRÉDITOS

– Las Entidades inscriptas podrán efectuar endosos y cesiones de créditos otorgados con código de descuento a terceros.

Sin embargo: El código de descuento NO puede venderse ni transferirse y el titular del código sigue siendo responsable frente al sistema.

5) EL ESTADO PODRÁ DAR DE BAJA CÓDIGOS

-La autoridad de aplicación podrá: Solicitar información a las entidades, verificar requisitos, dar de baja códigos de descuento si detecta incumplimientos.

-Si una mutual pierde el código: No podrá realizar nuevas operatorias y el Estado no será responsable por las consecuencias económicas derivadas.

6) CONTRATOS YA VIGENTES

-Los descuentos ya aprobados y actualmente en funcionamiento continuarán bajo las reglas anteriores hasta finalizar.

El nuevo régimen se aplicará:

•             A nuevos préstamos

•             A nuevas solicitudes

•             A trámites aún no aprobados

DECRETO N°352/2026 COMPLETO:

Decreto N° 352/2026 by CONAM MUTUAL