El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) proclamó el pasado 30 de marzo las resoluciones Nº 141 y 142, firmadas por todo el Directorio del organismo. Esto beneficiará a los asociados de las mutuales.
La Nº 141 deroga el artículo nº2 de la Resolución Nº 5450/14, el cual requería que los servicios allí mencionados sólo podían ser brindados a los asociados una vez transcurridos 30 días de su incorporación como tales.
La 142 suspende la ejecutoriedad de las Resoluciones Nros. 611/15 y 1828/15, a través de la cuales se establecía la constitución de un fondo de garantía de los ahorros y de sustentabilidad solidaria del servicio de ayuda económica. La citada normativa generó diversas reacciones de las entidades, en las cuales se manifestaron posturas encontradas sobre la viabilidad de su aplicación, lo cual derivó en que sólo una entidad de segundo grado se presentó solicitando la aprobación del reglamento de administración de los recursos derivados del citado fondo.
A CONTINUACIÓN LES OFRECEMOS DICHAS RESOLUCIONES: