La Federación de Entidades Mutuales de Buenos Aires (FEDEMBA) acompañó a la Confederación Nacional de Mutualidades de la República Argentina (CONAM) en las últimas gestiones que se vienen realizando en torno al problema del reempadronamiento de asociados en ANSES. En este sentido, el pasado 28 de agosto el Tesorero, Guillermo Palacios, y la Secretaria de Promoción y Relaciones Institucionales de FEDEMBA y Presidenta de CONAM, Rosa Rodríguez, mantuvieron una reunión con el Director General de Monitoreo de Prestaciones de la ANSES, Francisco Bosch, en la sede del ente estatal.
Entre diversos temas, la reunión se centró principalmente en la regulación que oficializó ANSES (Resolución 131/2018) por la cual establece que los descuentos no crediticios (cuota social y/o cuota de servicios), que se encuentren cargados en el sistema, desaparecerían excepto que el asociado de las mutuales expresamente solicite la continuidad como asociado con anterioridad (ahora la nueva fecha es el 29 de febrero de 2020, de acuerdo a la Resolución 3/2019 publicada el 12/9/19 en el Boletín Oficial) frente al organismo previsional: vía telefónica o presencial en ANSES o a través del sitio web.
Asimismo, los directivos le remarcaron a Bosch que el art. 60 de la resolución 131/2018 estipulaba que se cree un Órgano del Consejo Consultivo con representantes de las Confederaciones de mutuales y miembros de ANSES a fin de llegar a una solución en conjunto, cosa que aún no se realizó.
Por otra parte, los directivos de FEDEMBA le enfatizaron que existen múltiples mutuales que aún no han podido solventar el problema, por lo que el plazo máximo debía reverse (en ese momento era hasta el 30 de septiembre de 2019, ahora se prorrogó hasta el actual 20 de febrero de 2020).
Cabe resaltar también toda la actividad desplegada por CONAM respecto de la Resolución Nº 131/2018, dictada por la ANSES y publicada el 31 de Agosto de 2018. En un principio esta Confederación interpuso un Recurso de Reconsideración en los términos del art. 84 y subsiguientes del Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991) reglamentario de la Ley Nacional del Procedimiento Administrativo Nº 19.549, contra dicha resolución ante la ANSES. Finalmente, se inició una acción judicial que, al día de la fecha, se encuentra en trámite ante el fuero de la Seguridad Social, toda vez que el Juzgado contencioso administrativo se declaró incompetente. Es de hacer notar que el plazo originario establecido por dicha Resolución, para que los jubilados y/o pensionados asociados a las mutuales confirmen los descuentos no crediticios (cuota social y/o cuota de servicios) que se encuentren cargados en el sistema, era el 31 de octubre de 2018. Posteriormente, se prorrogó hasta el 31 de marzo de 2019, luego el plazo era hasta el 30 de septiembre de 2019 y, actualmente, es el 29 de febrero de 2019.
Resolución 3/2019 publicada el 12/9/19 en el Boletín Oficial:https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/216411/20190912
También les compartimos la Resolución Nº 221/2019, que modifica la 131/2018: