La Federación de Entidades Mutuales de Buenos Aires acerca una nueva resolución (1287/2015) del Instituto de Asociativismo y Economía Social (INAES) sobre las pautas para el otorgamiento de apoyos financieros en carácter de préstamos o subsidios.
Dicha resolución se refiere a los tipos de ayudas financieras que el INAES puede otorgar y afirma que “las entidades cooperativas y mutuales podrán solicitar apoyos financieros en general, pero el carácter de la misma, préstamo o subsidio, será determinado a través de una evaluación preliminar del proyecto, la que puede exigir visitas al lugar donde se desarrollará la inversión”.
Además destaca que “subsidio se entiende a toda asistencia financiera dispuesta por el INAES para un fin específico que no genera obligación de reembolso”; por el lado de los préstamos sintetiza que es “toda asistencia financiera dispuesta por el INAES para un fin específico que genera obligación de reembolso con pautas establecidas respecto del plazo otorgado para su devolución, cantidad de cuotas, período de gracia, tasa de interés y cualquier otra condición que afecte el desempeño económico o financiero del proyecto que se financia”.
Adjuntamos la resolución completa para mayores detalles de las normas y condiciones.